El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla declara la nulidad del acuerdo sobre retribución de los administradores de una sociedad en una demanda con la dirección jurídica de 153 Castellana

El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha dado la razón a uno de los seis socios de una empresa familiar que con el asesoramiento legal de nuestro despacho 153 Castellana Law Firm presentó una demanda para impugnar el acuerdo social que aprobó la junta general de la sociedad sobre la retribución mensual a percibir por los dos consejeros delegados administradores de la misma.

El acuerdo fue aprobado con los votos a favor de 6 de los 8 socios de la compañía que representaban al 80% del capital social. 2 socios votaron en contra. A raíz de este acuerdo uno de los socios -con la dirección legal y jurídica de 153 Castellana Law Firm- decidió presentar una demanda ante el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla por considerar que dicho acuerdo fue adoptado, de manera abusiva y lesionando el interés de la Sociedad y de la minoría de los accionistas, en beneficio del grupo mayoritario, que gobierna la empresa.

En este sentido 153 Castellana defendió que el acuerdo no respondía ni a la escasa actividad que venía registrando la empresa, ni a los ingresos alcanzados en los últimos tres ejercicios ya que en todos ellos se habían producido resultados negativos de pérdidas. Tampoco se justificaba por la proyección financiera de la Compañía, agravada por el impacto económico del COVID-19. El tercer argumento se apoyaba en la baja entidad de las funciones desempeñadas por los consejeros delegados, lo cual no justificaba que se añadieran estas retribuciones. 

Comprobados todos los datos de actividad de la empresa durante los últimos ejercicios y el volumen económico que supondrían las retribuciones de los dos consejeros delegados sobre las cuentas de ingresos y pérdidas, el juez de Instancia Mercantil de Sevilla acuerda estimar íntegramente la demanda formulada por uno de los socios frente a la sociedad y declara la nulidad del acuerdo de aprobación de la retribución de los administradores.